En el sector de la construcción, tanto si se realiza una reforma como si se emprende una gran obra, es necesario contar con una serie de seguros para proteger la obra realizada. Te hablamos en este artículo de algunos de los seguros más importantes.
La construcción ha sido durante mucho tiempo uno de los motores más importantes de la economía. A partir de la crisis del 2008 perdió algo de fuerza, podemos decir que no tuvo más remedio que reinventarse, de todos modos aún continúa siendo un sector importante. Por eso, las empresas que se dedican a esta actividad necesitan estar cubiertos por seguros que protejan sus inversiones,
Las empresas de construcción, sobre todo las más pequeñas, suelen delegar la contratación de los seguros a las asesorías que les llevan sus asuntos fiscales, laborales y contables.
Los agentes de Viovia, una correduría de seguros de Burgos, que trabajan sobre todo con empresas de sectores tan diversos como la agricultura, la construcción y la industria, comentan que los seguros más importantes en este sector son el Seguro a Todo Riesgo de Construcción y el Seguro de Decenal. A estos añadiría yo el Seguro de Responsabilidad Civil y la Mutua de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional.
Vamos a analizar cada uno de ellos.
Seguro a Todo Riesgo de Construcción.
Este seguro protege todos los bienes, maquinaria y materiales relacionados con una obra, con independencia del nivel de desarrollo en el que se encuentre, con respecto a cualquier daño que pudieran sufrir.
El periódico El Correo de Andalucía señala que no es un seguro obligatorio, pero sí bastante recomendable, ya que protege toda la inversión que se está realizando en la obra.
Este seguro es conveniente contratarlo antes de empezar el proyecto, con independencia de su volumen. Con esto quiero decir, que es adecuado, incluso para la reforma de una casa. Estas son las coberturas que ofrece:
- Protección ante riesgos convencionales. Esto supone proteger la obra ante posibles siniestros cometidos a consecuencia de robos, incendios, explosiones, impactos, etc. Gran parte de los daños materiales producidos por accidentes sufridos en la obra, se pueden cubrir con esta cobertura.
- Riesgos de fuerza mayor o naturaleza. Esto cubriría los desperfectos ocasionados por una catástrofe natural, como podría ser una inundación en la zona o que cayera un rayo de una tormenta encima de la obra.
- Riesgos técnicos inherentes a la ejecución de la obra. Un ejemplo de estos riesgos serían los desperfectos en la fachada producidos por una mala interpretación de los planos del arquitecto.
- Protección de los equipos y la maquinaria de construcción. Las averías sufridas en maquinaria de obra estarían protegidos por este seguro.
- Riesgos político-sociales. Este apartado se refiere a las pérdidas económicas producidas a consecuencia de un conflicto laboral, como podría ser una huelga en el seno de la empresa.
- Gastos adicionales por un siniestro. Las reparaciones y los gastos jurídicos derivados de un siniestro serían cubiertos por este seguro, sin perjuicio de la responsabilidad civil de un tercero, en caso de que fuera el causante de los daños.
- Periodo de mantenimiento. Desde que una obra se termina hasta que se vende o se entrega a sus futuros propietarios, el seguro se hace cargo de los incidentes que se pudieran producir en este periodo.
Algunos seguros de este tipo también suelen cubrir la responsabilidad civil, si bien, este suele ser un seguro independiente en gran parte de las obras.
Como vemos, este seguro protege los activos destinados por parte de una empresa en la construcción o reforma de un inmueble.
Seguro Decenal.
La Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 38/1999) obliga a todos los promotores de una obra a asegurar el edificio durante un periodo de 10 años desde la finalización de los trabajos.
Digamos que es una garantía para los propietarios del inmueble. Por ejemplo, si se ha construido un edificio de viviendas, los propietarios de los pisos tienen la construcción asegurada por un periodo de 10 años desde que se concluyeron las obras.
El pago del seguro le corresponde al promotor y cubre todos los desperfectos que se originen en el edificio a consecuencia de errores o vicios cometidos durante la construcción.
Este seguro ofrece una garantía respecto posibles daños estructurales. Es decir, posibles grietas o desperfectos que aparezcan en las paredes, pisos y techos derivados de una mala cimentación del edificio o de una mala colocación de vigas y paredes maestras.
Otro aspecto importante que cubre este seguro es la impermeabilización de fachadas, cubiertas y sótanos. De esta manera se asegura que el edificio no va a sufrir humedades durante el periodo de vigencia del seguro y que se ha efectuado una correcta impermeabilización y aislamiento de los principales elementos del inmueble.
Si al efectuar una obra se ha tenido que trabajar sobre bienes ya existentes, como puede ser respetar la fachada de un edificio antiguo o incorporar ciertas estructuras que existían antes en el solar, con este seguro también se protegen posibles daños que puedan sufrir.
La obligatoriedad de este seguro protege a los propietarios de errores en la construcción que, por desgracia, se han apreciado en obras efectuadas en periodos anteriores. Sobre todo en la construcción de edificios de viviendas en barrios populares, donde la calidad de los materiales y la ejecución de la obra no se cuidaba como se debía, con el objetivo, tal vez, de ahorrarse algo de dinero.
Seguro de responsabilidad civil.
El seguro de responsabilidad civil es importante para proteger tanto a los profesionales como a terceros afectados durante el desarrollo de las obras. Este tipo de seguro, aunque no es obligatorio por ley, es altamente recomendado y ampliamente utilizado en el sector debido a su capacidad para mitigar riesgos y garantizar la tranquilidad durante el desarrollo de la obra.
En esencia, el seguro de responsabilidad civil en obras se concibe como una salvaguarda financiera que protege a terceros de daños e inconvenientes que puedan causarles la ejecución de unas obras. Abarca diversas coberturas, siendo una de las más importantes la resolución de reclamaciones por lesiones personales o daños materiales que puedan surgir durante la ejecución de la obra.
Entre las coberturas típicas se encuentran los daños a terceros, incluyendo lesiones corporales o daños a la propiedad. Asimismo, el seguro puede extenderse para cubrir riesgos específicos relacionados con la construcción, como defectos estructurales o vicios ocultos que puedan manifestarse tras la finalización de la obra.
En caso de que un tercero se vea perjudicado, la indemnización se lleva a cabo según los términos y límites establecidos en la póliza. Esto implica que los costos asociados a la reparación de los daños materiales y la indemnización por lesiones pueden ser cubiertos por la aseguradora, siempre que se ajusten a los términos del contrato.
La indemnización a los perjudicados se gestiona mediante un proceso que implica la notificación del incidente a la aseguradora, seguido de una investigación para determinar la responsabilidad y el alcance de los daños. Una vez finalizado el informe pericial, la aseguradora procederá a indemnizar al tercero afectado conforme a los límites y condiciones de la póliza.
Aunque el seguro de responsabilidad civil en obras no es un requisito obligatorio por ley en España, su contratación se ha convertido en una práctica habitual dentro del sector de la construcción. Esto se debe a la complejidad de esta actividad, donde los riesgos asociados a posibles daños o lesiones pueden tener implicaciones financieras significativas.
Mutua de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Nos dice la plataforma Infoautónomos que la contratación de una mutua de accidentes de trabajo es un requisito obligatorio para todos los autónomos que trabajen en una actividad relacionada con la construcción. Esto hace referencia a profesionales subcontratados en una obra. Respecto a las empresas de construcción, tener cubiertos a sus trabajadores con una mutua no es obligatorio, pero sí recomendable.
Hay que señalar, que el autónomo o la empresa debe comunicar a la Seguridad Social la mutua con la que quiere trabajar. El pago a la mutua no se efectúa directamente, sino que la Tesorería General de la Seguridad Social lo descuenta de las cotizaciones del trabajador y de la empresa respecto a la cobertura de Accidentes de Trabajo y de un porcentaje de las cuotas por contingencias comunes. Esto le resulta más cómodo a las empresas, si bien, en ocasiones, puede suponer un aumento de las cotizaciones.
En el caso de los autónomos, la mutua se encarga de gestionar el abono del subsidio por Incapacidad Temporal. Es decir, la prestación que cobra el trabajador accidentado el tiempo que pase de baja.
Por otro lado, la mutua ofrece una asistencia sanitaria complementaria a la que presta el Servicio Público de Salud. Su objetivo es recuperar al trabajador de los daños sufridos durante su accidente para poder integrarse lo antes posible, en perfectas condiciones, a su puesto de trabajo.
En un sector con tantos riesgos laborales como es la construcción, donde se producen accidentes de trabajo, aunque se observen las medidas de seguridad pertinentes, que la empresa tenga contratada una mutua para los trabajadores es una iniciativa importante.